Las verdaderas deudas con la democracia
- Camila Da Silva Tabares
- 7 jul 2020
- 4 Min. de lectura
Actualizado: 12 may 2021

Es innegable que estamos viviendo momentos de tensión a nivel mundial, sin embargo en América Latina resaltan y se potencian las miserias prexistentes, especialmente en sus instituciones, luego de un año donde se han presentado distintos episodios de estallido social impulsados por ciertos sectores políticos a los fines de desestabilizar el sistema como sucedió en Chile y Bolivia. Si bien en Argentina no hemos tenido semejante episodio, nos encontramos en una situación de debilidad y corrupción institucional que se torna intolerable y en aumento diario, envueltos en un círculo vicioso desde hace décadas mientras los grandes lobbies internacionales intentan persuadirnos de que lo urgente hoy es el aborto, la ideología de género y los partidos políticos sostienen que esas son “deudas con la democracia”.
Sin embargo, la realidad es contraria y hoy me propuse exponer sobre las verdaderas deudas que tienen nuestros mandatarios en perjuicio de nuestros derechos constitucionales y las vías que hacen a la defensa de ellos, donde resaltan las omisiones del Poder Legislativo que sesiona actualmente, pero no para cumplir sus obligaciones constitucionales pendientes como la ley de coparticipación, la designación del defensor del pueblo y lo relativo al presupuesto anual, temas en los que nos centraremos y que constituyen una verdadera deuda con la democracia, la cual se cimienta en los límites, transparencia y el control al poder que deberían brindar las instituciones.
La ley de coparticipación
El art 75 en su inc. 2 establece como obligación sancionar una ley de coparticipación automática con acuerdo de las provincias a los fines de equilibrar y promover el desarrollo del país y manda en su apartado como limite el año 1996, sin embargo, hoy en 2020 esta ley brilla por su ausencia y consolida así prácticas abusivas de Nación para con las provincias en la distribución de los recursos coparticipados sometiendo a su voluntad el envío o no de los fondos, lo cual atenta contra el federalismo y permite el clientelismo y presión política a través de los fondos coparticipables que, lamentablemente, son imprescindibles para las finanzas de ciertas Provincias.
La designación del defensor del pueblo de la Nación
Este órgano de rango constitucional a raíz de la reforma de 1994 se consolida en el art 86 que establece su autonomía funcional y sus fines de defensa y protección de los derechos y garantías constitucionales. Esta figura goza de poder para iniciar ciertos procesos (1) en defensa del pueblo, e incluso ha tenido un rol relevante durante episodios como el corralito donde se han presentado amparos y logrando en muchos casos la devolución del dinero –en general a través del “goteo”- por los bancos. Sin embargo, este puesto se encuentra vacante desde 2006 debido a la falta de designación por el Congreso Nacional, lo cual hace que se pierda la posibilidad de iniciar ciertas acciones, que son exclusivas de este órgano legitimado, en defensa de derechos y garantías constitucionales en medio de una crisis económica, social, sanitaria e institucional en la que PEN se ha investido de superpoderes en perjuicio de toda libertad ciudadana y el Poder Judicial no ejerce control alguno.
El Presupuesto Nacional
Nuestra Constitución establece en su art 75 inc. 8 que corresponde al congreso sancionar el presupuesto nacional de gastos anual y recursos destinados a ello, teniendo en cuenta el plan presentado por el gobierno -que es inexistente desde las PASO hasta hoy en día-. Sin embargo, hoy en Argentina rige el presupuesto del 2019 manejado por un jefe de gabinete que tiene superpoderes para redistribuir partidas según le plazca, sumado a que cada año hay una nueva emergencia por ley que hace reasignar partidas a distintos sectores. Mas allá del desastre económico y administrativo que ello implica, desde el lado institucional hace imposible el control y la transparencia del gasto público por parte de lols ciudadanos, abriendo una puerta a la corrupción y el clientelismo político. Si bien es válido que a falta de presupuesto vigente se utilice el anual, esto desvela el desinterés de nuestros políticos por revelarnos su plan económico y la disposición que hacen con el dinero de nuestros impuestos, en perjuicio del derecho a la información que gozamos todos los ciudadanos.
Si bien he tratado de reducir a lo indispensable cada punto, estas son cuestiones sobre las que podríamos encarar extensos debates a favor y en contra de estos institutos, siendo quizá el más polémico la coparticipación de impuestos. Pero lo cierto es que las mandas constitucionales a partir del 94 son estas y no se están cumpliendo, en perjuicio de la República y todos sus ciudadanos. Todas estas son muestras de las auténticas deudas del congreso para los ciudadanos y que debemos exigir como sociedad a las miras de reconstruir nuestras instituciones, alcanzar el progreso y la maximización de nuestra libertad, porque mientras algunos sectores políticos sostienen que el aborto y la ideología de género son "deudas con la democracia", la ley de coparticipación que debía sancionarse antes de 1996 no existe, el Defensor del Pueblo es un puesto vacante en la peor crisis en la historia de nuestro país y el ejecutivo y su jefe de gabinete lucran con las emergencias económicas y la falta de presupuesto aprobado por el congreso redistribuyendo partidas según su gusto. Entonces, ¿cuál es la verdadera deuda que tenemos para con la República, el federalismo y la democracia?
Es hora de ponerles un alto como ciudadanos; exijamos que realicen sus labores de rango constitucional antes que cualquier otra cosa, que simplemente RESPETEN Y CUMPLAN la Constitución Nacional, ya que para reconstruir nuestro país hay que reconstruir nuestras instituciones y exigir que salden sus obligaciones adeudadas que limitan el ejercicio de nuestros derechos y su defensa.
(1) Lo que en derecho llamamos legitimación activa, que es el derecho a iniciar una acción judicial. Si alguien no tiene legitimación activa para determinada acción, esta es improcedente.




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