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Planificación legal en la industria del contenido para adultos: producción, monetización y compliance en entornos digitales

  • Foto del escritor: Camila Da Silva Tabares
    Camila Da Silva Tabares
  • 17 abr
  • 5 Min. de lectura

La cadena de valor no es la que era antes

¿Quién no ha visto alguna vez una revista o un video - objetos físicos- de contenido para adultos? Era algo que se escondía en la casa, dado que el soporte físico te obligaba a ocultarlo, sumado a que si estabas lejos de dicho objeto, su consumo era irrealizable. Bueno, todo eso cambió. Hoy con un celular conectado a internet podrías no solo consumir en cualquier lugar, si no también producir. Esa revista o video que antes era - por decirlo de alguna forma- un negocio casi oligopólico de productores y distribuidores selectos que mantenían cierta infraestructura para la producción y distribución, hoy lo puede realizar cualquiera, desde cualquier lugar.


Y no es un juicio de valor ni mucho menos, es un interesante cambio que se materializa, lógicamente, en mayores consumidores pero también más productores. La economía de la creación de contenido, más allá de  la industria para adultos, es eso: la desintermediación que te permite convertirte en el oferente de tu propio contenido sin tener que poseer recursos considerables ni mucho menos costos hundidos, nisiquiera un plan muy elaborado de distribución.


Pasando en limpio, antes la producción requería infraestructura, intermediarios y canales de distribución físicos o restringidos, hoy esas barreras se eliminaron y la irrupción de plataformas digitales —como Pornhub— permite que cualquier individuo con acceso a algo tan básico como un celular con cámara e internet pueda producir, distribuir y monetizar contenido. Sobre la monetización, hablaremos en breve. 


Este fenómeno, en lo que respecta a la planificación jurídica, implica esencialmente dos aspectos:

Por un lado, la desintermediación formal, en la que desaparecen actores tradicionales (productoras, distribuidores) y se reduce el control ex ante, es decir, quienes solían tener una estructura jurídica para garantizar cierto compliance en toda la cadena, hoy simplemente cumplen con los requisitos que exige la plataforma y luego la circulación es conforme a lo que dicha plataforma determine.


Por otro, la reintermediación tecnológica, en la que las plataformas digitales asumen funciones regulatorias, imponiendo estándares propios que condicionan la actividad. Desde luego, este tipo de plataformas suelen estar domiciliadas en el extranjero y sujetas a normativas específicas de dicha jurisdicción, sin perjuicio de la autorregulación que caracteriza a las plataformas. Hablando concreto: si alguien desde argentina produce o consume dicho contenido, esta relación se rige por las regulaciones de la plataforma, que no son las argentinas. 


En este nuevo esquema, el productor independiente no solo genera contenido, sino que asume responsabilidades legales que antes estaban distribuidas a lo largo de la cadena productiva, dado que al momento de subir el contenido, es el responsable frente a la plataforma de la que se trate, ya que también es quien percibe sus beneficios económicos.


Es por esto que el proceso de carga de contenido en plataformas digitales dista de ser una mera operación técnica. Por el contrario, constituye un procedimiento altamente regulado desde el punto de vista privado - volvemos siempre a que las plataformas se autoregulan-. Desde luego, están quienes deciden crear su propia página web con sus propios términos y condiciones - cuya monetización es distinta, vale aclarar- pero la mayoría suele recurrir a plataformas con un flujo de consumidores ya establecidos.


Las plataformas, como principales interesados en que el contenido que circula en ellas no implica delitos como trata de personas, filmación sin consentimiento, entre otras, implementan sistemas de compliance que incluyen:

  • Verificación de identidad (KYC) del usuario que sube contenido

  • Validación de edad de todos los participantes, mediante documentación oficial

  • Prueba de consentimiento expreso y verificable

  • Registro de titularidad y derechos sobre el contenido

  • Mecanismos de trazabilidad y auditoría

  • Mecanismos de denuncia y baja de contenidos que podrían implicar un hecho delictivo

Desde luego, incumplir dichas normas no solo implica la remoción del contenido, sino potencialmente la suspensión de cuentas, la denuncia ante autoridades y - lo que más suele dolerle al creador- la retención de ingresos o incluso desmonetización del contenido. Asimismo, la monetización está condicionada al cumplimiento continuo de las políticas de la plataforma. La pérdida de conformidad puede implicar la desmonetización inmediata, lo cual refuerza la centralidad del compliance como condición de viabilidad económica.

En términos de Derecho Internacional Privado, como mencionamos previamente, el hecho de que la relación creador - plataforma se rige por términos y condiciones que suelen establecer jurisdicciones extranjeras y mecanismos de resolución de disputas implica que, en la práctica, los posibles litigios no sucedan en el territorio donde se consume o se sube el contenido.


Monetización del contenido: estructuras y contingencias jurídicas

La monetización del contenido para adultos se articula a través de diversos mecanismos:

  • Publicidad basada en visualizaciones

  • Suscripciones premium

  • Venta directa de contenido

  • Programas de revenue sharing con plataformas

  • Acuerdos con marcas para publicidad dentro del video (monetización directa del creador)


Desde el punto de vista jurídico, estos ingresos presentan características complejas:

  • Son transfronterizos, con pagadores situados en distintas jurisdicciones. Desde luego, en dólares, lo cual es también un asunto para abordar respecto de los creadores argentinos y el régimen de control de cambios.

  • Se canalizan a través de intermediarios financieros

  • Pueden estar sujetos a retenciones fiscales en origen (o sea que si, se paga impuestos donde se generan)


Esto obliga a una adecuada planificación fiscal y a la correcta calificación jurídica de los ingresos (regalías, servicios digitales, explotación de derechos de imagen, entre otros).


El rol de los gestores de cobro y pago: compliance financiero y exclusión sistémica


Otro de los aspectos característicos sobre esta industria es la dependencia de los sistemas de pago que imponen políticas de compliance particularmente estrictas respecto de actividades vinculadas al contenido para adultos. Estas políticas incluyen:

  • Evaluaciones de riesgo reputacional

  • Requisitos reforzados de KYC y AML

  • Restricciones o prohibiciones directas para determinadas actividades


A diferencia de otros sectores, la industria del contenido para adultos suele caracterizarse por una “exclusión financiera” estructural, ya que los intermediarios los califican incompatibles con sus apetito de riesgo en el marco de sus políticas comerciales.  Nuevamente, desde lo jurídico, esto resulta en que los intermediarios financieros actúan como reguladores indirectos: sus decisiones pueden tener efectos equivalentes a sanciones económicas y no siempre existe transparencia ni mecanismos efectivos de impugnación (¿A quién no le paso que simplemente le cierren la cuenta en Paypal u otra plataforma por “incumplir términos y condiciones” sin una explicación concreta?)


Conclusiones y consideraciones legales

La industria del contenido para adultos constituye un caso interesante de cómo actúa el derecho en entornos digitales, que se basa esencialmente en estándares impuestos por la misma plataforma y otros intermediarios de la cadena de valor. 

Es por ello que la actividad exige un enfoque de compliance integral, que abarque no solo aspectos legales tradicionales (contratos, derecho de imágen, propiedad intelectual), sino también requisitos técnicos y operativos impuestos por plataformas y actores financieros.

La ausencia de estructuras contractuales adecuadas, documentación de consentimiento o cumplimiento de estándares de verificación puede comprometer la totalidad del modelo de negocio. Finalmente, desde el Derecho Internacional Privado, este fenómeno interpela categorías clásicas, planteando interrogantes sobre la eficacia de las normas estatales frente a sistemas normativos privados (tema de investigación de mi tesis de maestría).


 
 
 

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